El programa nacional de Precios Esenciales nació como un paliativo del Gobierno para enfrentar el voraz ataque de la inflación. Se trata de un listado de 64 productos a valores “congelados” por seis meses. También la idea oficial contiene en su carga extra el incentivo al consumo, tan retraído en los últimos tiempos por la depresión salarial y la caída del poder adquisitivo.

Este nuevo esquema, según la planificación oficial, debería haberse puesto en marcha en los supermercados del país el lunes pasado, pero las autoridades de Economía dispusieron postergarlo hasta el lunes próximo. Sin embargo, supermercadistas advierten que no podrán cumplir con este nuevo plazo, ya que los artículos faltantes (más de un 30% de la lista) están en proceso de elaboración y recién en mayo estarán disponibles en la red de comercialización.

En este sentido, se explicó que son siete los productos en proceso: tres variedades de fideos, dos tipos de arroz y dos de leche. Juan Vasco Martínez, director ejecutivo de la Asociación de Supermercados Unidos, contó que sus asociados tuvieron una participación minúscula en la confección de los Precios esenciales: solo garantizaron el abastecimiento. “La lista fue confeccionada por la Secretaría de Comercio y los proveedores; a nosotros nos llegó el listado con los precios de venta finales y nada más”, reveló.

El debut

Las evaluaciones periodísticas de la semana sobre el cumplimiento de los supermercados en la Capital Federal y en Buenos Aires en el “debut” del programa Precios Esenciales fueron negativas. Y Tucumán no fue la excepción. El faltante hoy rondaría en más de dos tercios de la lista. Durante la recorrida de LA GACETA por cinco de los principales centros comerciales se constató la dispersión de la iniciativa oficial, entre una aglomeración de ofertas coyunturales, precios de productos de marca propia (y otras) más baratos, promociones de descuentos en determinados días y también con distintas tarjetas de crédito y de consumo.

En la provincia es notorio el desinterés por promocionar este programa con cartelería, tanto en las sucursales de la cadena nacional de supermercados como los locales. Las primeras ofrecen en la góndola sólo parte del listado identificándolos con los carteles de “Precios Cuidados”. No hay ninguna referencia sobre “Precios Esenciales”. En este sentido, Jumbo es el reflejo de lo que pasa en Buenos Aires. Posee la mayoría de los artículos “congelados”, todos escrupulosamente advertidos con señaladores. El resto podría calificarse de “desabastecidos” o puntuales, como en la cadena Vea o Carrefour.

En tanto, los supermercados locales -no están adheridos al acuerdo del programa- tampoco muestran o es escasa esa cartelería, ya que no están obligados a comercializar los artículos con los precios fijos. Por eso, potencian sus diferencias con el listado oficial exhibiendo numerosas ofertas y también promoviendo sus propias marcas, las que comercializan con precios más accesibles.

Caso local

En el Híper Libertad la oferta semanal refleja precios más baratos que en los listados de precios congelados, referida a algunos artículos de segunda marca. Por caso, el que se fijó oficialmente para el aceite de girasol de 900 cc es de $59,10, y en el híper tucumano se vende a $ 39,99. Lo mismo ocurre con el arroz: los valores del Gobierno oscilan entre los $ 19,67 (1/2 kg) hasta $ 48,10, mientras que en el híper las ofertas van desde $ 26,49 hasta $ 50,99, con descuentos de hasta un 30% según el día de compra y tarjeta. También rige la operatoria con distintas marcas de fideos, con valores que van desde los $ 20,40 y $ 45, hasta $ 50,99.

Paradojas

Si bien la intención estatal al promocionar los Precios Esenciales pasa por atenuar la inflación, resulta llamativo que algunos precios congelados sean más onerosos que los locales. Esto se acentúa por ejemplo en la oferta de la bolsa de azúcar de 1 kg, que en el Libertad se consigue desde $ 20,40 hasta $ 36, y en Emilio Luque a $ 25. En el listado oficial, la bolsa de 1 kg que provee la firma Ledesma, cuesta $ 34,25. En Carrefour la bolsa de ese ingenio vale $ 34,90 para la clásica y $ 38,90 para la especial. En Jumbo, arranca el precio con marca propia, a $ 31.

Y si de paradojas se trata, la oferta de galletitas de agua reafirma el concepto. Se fija en la lista el precio de la marca Media Tarde, de 110 gr, a $ 11,73. En ninguno de los cinco locales relevados se encuentra por unidad, sólo en pack de 3 y de 5. Únicamente en Carrefour se exhibe por unidad, pero una marca distinta a la del programa a $ 16,19. Los súper de Luque, en tanto, tiene en oferta su propia elaboración en pack de 5, a $ 40,99, lo que equivaldría a $ 8,20 la unidad.

En la recorrida por los súper, tampoco se consiguen las marcas enumeradas en el listado oficial para las cajas de té en saquitos por 25 unidades (a $ 23), las harinas tres y cuatro ceros y la leudante; los paquetes de yerba mate de 1 kg; aceites y arroces; botellas de 2 litros de agua mineral con y sin gas; los vinos blanco y malbec (salvo en la completa vinoteca de Jumbo); los fideos coditos, spaghetti, tirabuzón y mostachol; pan rallado y rebozador; yogures y leches entera y descremada.

Lealtad: un decreto y muchas dudas

Héctor Rubini
Investigador y docente de la Universidad del Salvador (USAL)

El lunes 22 de abril el Ejecutivo sancionó el DNU 247/2019 de Lealtad Comercial. Una norma que complementa la normativa vigente para desalentar prácticas empresariales “desleales” respecto de proveedores y consumidores. Surge de un contexto de presiones para aplicar medidas de control directo de precios, que quedaron en evidencia con la presentación en el Congreso de varios proyectos de ley de regulación del acceso a espacios de góndolas en supermercados. Su aplicabilidad puede ser cuestionada. Por lo pronto, el artículo 72° del DNU deroga nada menos que la Ley 22.802 de Lealtad Comercial. Si bien es una norma del último gobierno de facto, se exige una ley del Congreso para derogar otra ley.

El decreto apunta a castigar prácticas que pueden inducir a abuso de posición dominante de empresas comercializadoras respecto de sus proveedores, así como a prácticas que pueden inducir a engaño a los consumidores. No queda claro del DNU su “necesidad”. En gran medida el plexo normativo existente es bastante completo, y en todo caso si se aplica o no con todo el rigor que prevé, depende de una decisión política. Vale lo mismo para la futura aplicación efectiva de este DNU.

El articulado contiene varias cláusulas controversiales. Según la cláusula general (artículo 9°), se define como competencia desleal a todo acto que por medios “indebidos” resulte “objetivamente apta” para afectar la posición “competitiva” de una persona o el “adecuado” funcionamiento “del proceso competitivo”. Pero los supuestos particulares del artículo 10° del DNU no terminan de definir los conceptos y adjetivos entrecomillados. Por consiguiente, no sería de descartar que no pocas denuncias y contiendas judiciales terminen en la nada.

Las multas previstas son de hasta 10 millones de las unidades móviles de la Ley de Defensa de la Competencia 27.742. Con una actualización en torno al 50% en un año, hoy cada unidad vale $ 30, de modo que el monto máximo de multas llegaría a $ 300 millones, pero irá ajustándose hacia arriba con el IPC. Ergo, tanto el “techo” como el criterio de aplicabilidad del monto preciso de las multas a cada caso, de corresponder, también queda sujeto a una amplitud de criterio demasiado discrecional. Algo que puede ser más que problemático para no pocos servicios (el decreto vale para mercados de bienes y también de servicios).

Conclusión: las ambigüedades y dudas aquí citadas son sólo algunas, y se podrían enumerar muchas más. Está claro que no es un DNU de “regulación de góndolas”, pero es una incógnita qué aportará en materia de efectiva transparencia de mercados, lealtad comercial y protección de los derechos de los consumidores. (Télam)